La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no ha admitido el recurso del Servicio Andaluz de Salud en contra de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Córdoba, favorable al descanso de la guardia el lunes tras la guardia realizada el sábado.
Por su interés, recogemos la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Fuente: Acta Sanitaria
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