Elaborada por el Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada
Conclusiones:
1.- La formación de los médicos es una necesidad para la profesión por la rápida evolución de los avances en salud y un compromiso moral de los profesionales con la sociedad y los ciudadanos, pero además es una obligación deontológica y legal.
2.- Los médicos carecen de tiempo suficiente en su jornada laboral, para atender sus necesidades formativas, de actualización de conocimientos y adquisición de habilidades por lo que se ven obligados a realizarlo fuera de ésta, a expensas de su tiempo libre y de ocio.
3.- Los médicos dedican a lo largo de toda su vida profesional un elevado número de horas a la semana a su formación continuada para garantizar la mejor asistencia a los ciudadanos.
4.- Más del 69% de los médicos encuestados dedican 5 o más horas a su formación continuada fuera de la jornada laboral para poder garantizar la calidad de los servicios prestados.
5.- Un escaso 3,53% de los médicos encuestados declaran dedicar menos de 3 horas a la semana a su formación fuera de la jornada laboral.
6.- Se encuentran diferencias importantes en el tiempo dedicado a formación en tiempo libre entre los grupos de edad, de tal forma que los más jóvenes suelen dedicar mayor tiempo a la formación y muy especialmente el grupo de los residentes en su mayor parte menores de 35 años de edad.
7.- No se aprecian grandes diferencias en la distribución por sexos en la dedicación a la formación fuera de la jornada laboral. Tampoco se aprecian diferencias llamativas entre los grupos de personal contratado y personal fijo. Si dedican mayor tiempo libre a formación el grupo de residentes.
8.- El esfuerzo adicional que los médicos realizan no tiene ningún tipo de reconocimiento ni remuneración.
9.- La Jornada real del médico debe contemplar el reconocimiento de su jornada ordinaria, la jornada complementaria y la dedicación de estos profesionales fuera de la jornada laboral y, por tanto, debe reconocerse como la más alta exigida a ningún otro trabajador por cuenta ajena.
10.- El cómputo de jornada efectivamente realizada por el médico debe incluir el tiempo dedicado por este a la formación médica continuada.
Nota de Prensa —- Informe completo
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