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Nota Informativa 23-II-2011 – SIMEX-Merida

Para poder defender lo nuestro debemos estar TODOS bien informados, así pues os transmito lo que he podido averiguar hasta el momento sobre nóminas en materia de recortes retributivos.

REDUCCIONES APLICADAS EN NÓMINA EN 2010

*En la nómina de junio la reducción afecta únicamente al Sueldo y los Trienios.
*Desde la nómina de julio se reducen además los Complementos y la Productividad fija.
*Los únicos conceptos que no sufren reducciones corresponden a Atención Continuada.
SUELDO: desde junio de 1.161,30 pasa a 1.109,05 (-52,25 €/mes)
COMPLEMENTO DESTINO: desde julio de 613,60 pasa a582,92 (-30,68 €/mes)
COMPLEMENTO ESPECIFICO: desde julio de 885,44 pasa a 841,17 (-44,27 €/mes)
COMPLEMENTO COMUNIDAD AUTÓNOMA: desde julio de 301,06 pasa a 286,01    (-15,05 €/mes)
PRODUCTIVIDAD FIJA: desde julio de 476,09 pasa a 452,29 (-23,8 €/mes)
TRIENIOS: desde junio de 44,65 el trienio pasa a 42,65 (-2 €/trienio y mes)
·ATENCIÓN CONTINUADA LABORABLE: Guardias sin cambios
·ATENCIÓN CONTINUADA FESTIVO: Guardias sin cambios
 
REDUCCIÓN MENSUAL: -166,05 €/mes + (-2 €/trienio)
REDUCCIÓN ANUAL: -1992,6 €/año + (-24 €/trienio)

PAGAS EXTRAORDINARIAS

PAGA ADICIONAL = Complemento especifico+Complemento Comunidad Autónoma
SUELDO PAGA EXTRA = Sueldo
C. DESTINO PAGA EXTRA = Complemento Destino
ANTIGÜEDAD PAGA EXTRA = Trienios

REDUCCIONES PAGA EXTRA DICIEMBRE

* En la PAGA EXTRA DE JUNIO no hubo reducción.
*Desde la EXTRA DE DICIEMBRE se reducen Todos los conceptos.
* Estas reducciones de hasta el 30 y el 40% vienen definidas en el DOE nº 120 de 24 de junio de 2010 pag. 16585 y en el DOE nº 131 de 9 de julio de 2010 Anexo pag. 17987.
 
PAGA ADICIONAL: de 1.186,50 pasa a 1.127,18 (-59,92 €/semestre)
SUELDO PAGA EXTRA: de 1.161,30 pasa a 623,62 (-537,68 €/semestre)
C. DESTINO PAGA EXTRA: de 613,60 pasa a 582,92 (-30,68 €/semestre)
ANTIGÜEDAD PAGA EXTRA: de 44,65 el trienio pasa a 23,98 (-20,67 €/trienio y semestre)
 
REDUCCIÓN PAGA EXTRAORDINARIA: -627,68 €/semestre + (-20,67 € trienio)
REDUCCIÓN ANUAL (2011) 2 PAGAS EXTRA: -1255,36 €/año + (-41,34 €/trienio)

PRODUCTIVIDAD VARIABLE

Se cobra fraccionada en dos pagos que este año han sido en los meses de mayo y diciembre, con la particularidad de que la cobrada en mayo corresponde al 2º pago del 2009 y la cobrada en diciembre es la correspondiente al primer pago del 2010. Así que para calcular cuanto han pagado en el 2010 hay que esperar a que llegue el segundo pago previsiblemente en abril-mayo del 2011 y sumarlo a lo que pagaron el pasado diciembre del 2010.
REDUCCIONES PRODUCTIVIDAD VARIABLE
Respecto a las cuantías existe un Acuerdo sobre Productividad Variable 2004-2006 de los Sindicatos con la Administración donde se recogen las deducciones aplicables por tiempo de baja laboral, etc. Pero independientemente de todo, quien determina lo que se cobra es la Dirección Médica, que es quien ordena finalmente cuantiosas reducciones de forma arbitraria y sistemáticamente nunca pagan lo que firmaron.
*Además, ha sufrido una reducción sobre lo pactado de un 10,94% aplicada ya desde el primer pago del 2010 que se abonó en diciembre.
 
REDUCCIÓN PRODUCTIVIDAD VARIABLE: 10,94% = -656,4 €/año (en el caso hipotético de haberse pactado 6000 €/año y en el caso mas que improbable de que se fuera a pagar el 100% de lo pactado).

CARRERA PROFESIONAL

Según se tenga consolidado el nivel 1º, 2º, 3º o 4º de la Carrera Profesional se perciben correlativamente 1, 2, 3 o 4 pagos anuales de la misma cuantía = 2894,62 € en los meses de febrero mayo, agosto y noviembre correspondientes al nivel que se tenga reconocido:
El nivel 1º cobra febrero = 2894,62 €/año, el 2º febrero y mayo = 5789,24 €/año, el 3º febrero, mayo y agosto = 8683 €/año y el 4º febrero, mayo, agosto y noviembre = 11578,48 €/año.
 
REDUCCIONES CARRERA PROFESIONAL
*En los pagos de Carrera Profesional de febrero y mayo no hubo reducción.
*A partir del mes de junio se produjo la reducción de un 8% en este concepto.
*En 2011 esta reducción del 8% afectará a todos los pagos de todos los niveles
NIVEL 1º: No le afectaron las reducciones del 2010 cobrando 2894,62 €/año. A partir de 2011 cobrará: 2663,06 €/año = -231,56 €/año
NIVEL 2º: No le afectaron las reducciones del 2010 cobrando 5789,24 €/año. A partir de 2011 cobrará: 5326,12 €/año = -463,12 €/año
NIVEL 3: Le afectaron las reducciones correspondientes al 3º pago 2010 (-231,56 €/año).  A partir de 2011 cobrará:  7989,18 €/año = -694,68 €/año
NIVEL 4: Le afectaron las reducciones correspondientes a los pagos 2010 3º y 4º (- 463,12 €/año). A partir de 2011 cobrará: 10652,24 €/año = -926,24 €/año

CONCEPTOS DE NÓMINAS QUE NO HAN SUFRIDO REDUCCIONES

LA ATENCIÓN CONTINUADA EN VACACIONES: (prorrateo de guardias) Se calcula sumando las cantidades correspondientes a las Guardias cobradas los tres meses anteriores al de vacaciones, dividiendo entre tres para sacar la media y dividiendo el total entre los 22dias laborables del mes de vacaciones para ver lo que corresponde por día vacacional
y así poder abonarla proporcionalmente si se toman vacaciones partidas (1 quincena = 11 días laborables).
ATENCIÓN CONTINUADA LABORABLE: (17h) En 2009 a 20,4 €/h y en 2010 a 20,46 €/h. Como se pagan a mes pasado en enero se cobran a 346,8 y a partir de febrero a 347,82euros. (+1,02 €/guardia)
ATENCIÓN CONTINUADA FESTIVO: (24h) En 2009 a 21,42 €/h y en 2010 a 21,48€/h. Igualmente en enero se cobran 514,08 y a partir de febrero 515,52. (+1,44 €/guardia)
ATENCIÓN CONTINUADA FESTIVOS ESPECIALES: (24 y 31 de diciembre) también se incrementó el 0,02% del IPC estimado y en 2010 pasó a 23,53 €/h.
*Las reducciones que sufrimos en la Atención Continuada, son las referidas a lo que dejamos de percibir desde hace años por incumplimiento de la Administración de los acuerdos firmados respecto al incremento retributivo de la hora de Guardia.

RETENCIONES

*El capítulo de Retenciones corresponde a estos 3 conceptos que no han sufrido modificación proporcional alguna y que se refieren a:
TRABAJO CONTINGENCIAS COMUNES: 150,31euros del Ministerio de Trabajo para Seguridad Social: bajas, enfermedades, accidentes y pensiones.
TRABAJO FORMACIÓN PROFESIONAL: 3,20euros del Ministerio de Trabajo para Empleo: Fondo de garantía salarial, formación profesional y desempleo.
RETENCIÓN A CUENTA IRPF: El abusivo porcentaje de retención que se aplica lo calcula un programa informático que lo va variando a lo largo de los meses y no se aún en base a que parámetros.
PARA CUALQUIER DUDA QUE OS SURJA NO DUDEIS EN PONEROS EN CONTACTO PERSONALMENTE CON CUALQUIERA DE NOSOTROS O EN LA SEDE LOCAL DEL SINDICATO MÉDICO: 1ª planta Hospital, pasillo de acceso a consultas externas frente a Neurofisiología Clínica (donde antes estaba Endoscopias).

Álvaro Valverde Grimaldi
Delegado Sindical SIMEX Mérida

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