El SES da otra muestra de su disposicion ¿negociadora? y aplica de manera prepotente, absolutaria y UNILATERLAMENTE, la
¡¡¡ SUPRESION DE LA JORNADA DE TARDE EN ATENCION PRIMARIA !!!
Primero.- Con efectos del día siguiente al de la fecha de esta resolución, queda suprimida en el ámbito de Atención Primaria la jornada de tarde en sus modalidades de deslizamiento de Jornada, Jornada partida y cambio de jornada, sal como la actividad complementarla vinculada a dicha Jornada, para los profesionales sanitarios y no sanitarios que se han venido acogiendo a ella o que pudieran hacerlo.
Segundo.- El consecuencia, y con los mismos efectos indicados en el apartado anterior, se suprimen los complementos que retribuyen dicho régimen de jornada en función de la categoría de pertenencia de los profesionales