DECÁLOGO DE REIVINDICACIONES

COLECTIVO MÉDICO Y FACULTATIVO

1. RECONOCICIMIENTO DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COLECTIVO MÉDICO Y FACULTATIVO EN EL SISTEMA SANITARIO

El principal problema del Sistema Nacional de Salud (SNS) en el momento actual es la grave crisis que sufre la medicina pública. El modelo de gestión del SNS, concebido hace 40 años al margen del colectivo médico, cuando no decididamente en su contra, ha devaluado deliberadamente la relación médico-paciente, provocando con ello el deterioro de la calidad asistencial y la huida de los facultativos de la sanidad pública. No es verdad que en España falten médicos, lo que falta son médicos que quieran trabajar en el sistema público.

Es necesario, por tanto, reformar en profundidad el actual modelo de gestión coactivo y burocratizado para recuperar el papel esencial del facultativo en la dirección y el liderazgo del proceso asistencial, como única vía para garantizar su eficiencia y su calidad.

Necesitamos un modelo de gestión de la sanidad pública que atraiga y retenga a los facultativos a través de un sistema de incentivos realistas e individualizados, un modelo de carrera profesional basado en la experiencia, la mejora de nuestras condiciones laborales y retributivas, la dignificación del periodo de especialización, así como la protección de nuestra salud laboral y la garantía de nuestros derechos laborales, sistemáticamente ignorados en el momento actual.

2. UN ÁMBITO DE DIÁLOGO Y NEGOCIACIÓN PROPIOS

El actual marco de negociación laboral común para todo el personal sanitario y no sanitario es irracional e ineficaz, pues impide abordar adecuadamente los problemas y carencias específicos de un colectivo minoritario como el nuestro. Un ámbito de negociación que relega a un segundo plano la negociación de las condiciones laborales y retributivas de los facultativos es inútil y acabará arrastrando al sistema a la ineficiencia y la inoperancia.

Es imprescindible, por tanto, disponer de un ámbito de negociación propio del personal médico y facultativo en el que abordar las condiciones específicas del ejercicio de nuestra profesión y plantear soluciones a su crisis actual.

3. UN MARCO NORMATIVO PROPIO QUE REGULE LOS ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL EJERCICIO DE NUESTRA PROFESIÓN Y NUESTRO PAPEL EN EL SISTEMA SANITARIO

Las condiciones de trabajo del personal médico y facultativo, sus funciones y su papel esencial en el proceso asistencial, vinculadas todas ellas a su singular cualificación y responsabilidad, son diferentes de las de cualquier otra categoría profesional. Ningún otro colectivo tiene un papel equiparable en la garantía de la calidad asistencial, la reducción de la demora asistencial o de las listas de espera, la salvaguarda de los derechos de los pacientes, la planificación y liderazgo del proceso asistencial o el desarrollo de un modelo asistencial centrado en la calidad y no en meros criterios economicistas.

El desempeño de este papel específico dentro del sistema sanitario hace que resulte imprescindible contar con un marco normativo propio que regule aspectos específicos del ejercicio de nuestra profesión, tales como la selección y movilidad del personal, los incentivos, el desarrollo profesional, el acceso a funciones de gestión y dirección, así como, de manera muy destacada, la jornada laboral y la regulación y retribución de los excesos de jornada.

4. UNA CLASIFICACIÓN PROFESIONAL QUE REFLEJE DE MANERA CORRECTA LA CUALIFICACIÓN, FUNCIONES Y RESPONSABILIDAD DE NUESTRO COLECTIVO

La atribución de funciones propias de los médicos a otras categorías profesionales que se está produciendo en los últimos años devalúa la relación médico-paciente y, con ella, la calidad asistencial. Esta voluntad de ignorar en la práctica las grandes diferencias que existen en la cualificación, las funciones y la responsabilidad de cada categoría profesional explica la pretensión de incluir a todos los graduados en una categoría común, el A1.

Esta devaluación del papel del facultativo en el sistema sanitario, asignando sus funciones a otros profesionales y equiparando administrativa y retributivamente a todos ellos dentro de un mismo grupo de clasificación profesional, solo conseguirá profundizar el actual deterioro de la sanidad pública.

Es necesario, por tanto, establecer un sistema de clasificación profesional que reconozca y retribuya de manera específica la cualificación, las funciones y las responsabilidades específicas del colectivo médico y facultativo.

5. UNA REGULACIÓN DE LA JORNADA LABORAL QUE PROTEJA NUESTROS DERECHOS LABORALES Y NUESTRA SALUD

El Sistema Nacional de Salud debe gran parte de su eficiencia a la sobrecarga laboral, las bajas retribuciones y los recortes de derechos laborales del personal médico y facultativo. La obligación de sobrepasar la jornada laboral con una “jornada complementaria” obligatoria, extenuante y mal retribuida, aplicada de forma abusiva e innegociable, constituye un acto de explotación laboral inaceptable en la sociedad actual.

Con la regulación que establece el Estatuto Marco actual, y también con la actual propuesta del Ministerio de Sanidad, los médicos y facultativos podemos ser privados “por necesidades del servicio” de nuestros derechos laborales más básicos, como el derecho a una jornada máxima, al descanso o a la conciliación de la vida personal y profesional.

Urge, por tanto, regular las condiciones laborales del personal médico y facultativo de forma que se garanticen nuestros derechos y se proteja nuestra salud en el ámbito laboral.

6. MEJORAS RETRIBUTIVAS Y GARANTÍA DE DERECHOS LABORALES DURANTE EL PERIODO DE ESPECIALIZACIÓN

Con demasiada frecuencia, los médicos y facultativos son tratados durante su periodo de especialización como si careciesen de derechos laborales. Se recurre a ellos como mano de obra barata a costa de su formación, se los utiliza para reforzar unas plantillas médicas insuficientes y se les retribuye de forma ridícula.

La sanidad pública debe disponer de un programa de especialización médica que incentive profesional y económicamente a los tutores, mejore las retribuciones de los especialistas internos residentes y garantice todos sus derechos laborales.

7. EQUIPARACIÓN EFECTIVA DE DERECHOS LABORALES Y RETRIBUTIVOS DE TODOS LOS PROFESIONALES, CON INDEPENDENCIA DE QUE EJERZAN O NO EN RÉGIMEN DE EXCLUSIVIDAD

La discriminación histórica de los profesionales con compatibilidad para el ejercicio privado de la profesión es injusta y alienta su salida de la sanidad pública. No es aceptable que profesionales que desarrollan una misma actividad perciban retribuciones diferentes por razones basadas en prejuicios y no en el producto de su trabajo.

La normativa aplicable al colectivo médico y facultativo debe garantizar la igualdad de las condiciones laborales, las retribuciones y el acceso a puestos de responsabilidad de todos los profesionales, prohibiendo la obligatoriedad de la exclusividad y cualquier forma de discriminación vinculada a ella.

8. REGULACIÓN DE LA JUBILACIÓN ACORDE A LA PENOSIDAD INHERENTE AL EJERCICIO DE NUESTRA PROFESIÓN

Los excesos de jornada a los que nos vemos obligados de forma sistemática médicos y facultativos nos llevan en la práctica a superar ampliamente el tiempo de trabajo efectivo de cualquier otro trabajador público o privado. Este exceso de jornada no tiene reflejo en el cálculo de la edad máxima de jubilación, ni en el cómputo de plazos o la cuantía de la prestación por jubilación, a pesar de que, a igualdad de tiempo cotizado, podemos llegar a duplicar el tiempo de trabajo efectivo en comparación con el resto de los empleados públicos. Este exceso de jornada, además, se realiza en condiciones de especial penosidad, en horario de noche y en festivos y a costa de periodos de trabajo ininterrumpido de hasta 24 horas.

Es necesario reformar la normativa que regula la jubilación del colectivo médico y facultativo para incluir coeficientes correctores que contemplen este exceso de jornada a afectos de cálculo de la edad máxima de jubilación, posibilitando la jubilación voluntaria anticipada y la jubilación parcial.

9.  REGULACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL DESVINCULADA DE LA AGENCIA DE CALIDAD SANITARIA

Las enormes diferencias que existen entre las diferentes comunidades autónomas en materia de carrera profesional carecen de justificación y prueban la naturaleza arbitraria de su regulación. Es absurdo que la progresión dentro de la carrera profesional para una misma categoría profesional se atenga a criterios tan dispares de una comunidad a otra. De hecho, a menudo los requisitos para acceder a los diferentes niveles obedecen más al objetivo de obstaculizar la mejora retributiva que al de recompensar al profesional en función de su experiencia.

La regulación de la carrera profesional, por tanto, debe estar garantizada en toda España en cinco niveles y debe basarse fundamentalmente en criterios objetivos vinculados al tiempo de trabajo.

10. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES Y RETRIBUTIVOS EN SITUACIONES VINCULADAS A IT, MATERNIDAD/PATERNIDAD, EDAD O ENFERMEDAD, ASÍ COMO DEL DERECHO A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL Y PROFESIONAL

El injusto marco regulatorio actual provoca que los facultativos y las facultativas que se encuentran en situaciones de embarazo, maternidad/paternidad, enfermedad, o cuya edad desaconseja la realización de guardias y excesos de jornada por motivos de salud, sufran importantes pérdidas retributivas y vean recortados sus derechos. No es infrecuente, por ejemplo, que los y las profesionales que solicitan reducciones de jornada para el cuidado de los hijos se vean sometidos a diversas formas de presión con el fin de desincentivar dicha solicitud o limitar su duración.

La regulación de la actividad y las retribuciones del personal médico y facultativo debe garantizar sus derechos en materia de conciliación de la vida personal y profesional, así como unas retribuciones justas en situaciones de IT, maternidad/paternidad, enfermedad o cuando su edad desaconseja exceder la jornada laboral. 

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